Conducir bajo los efectos del alcohol sigue siendo una de las principales causas de siniestros graves en carretera en España. Por este motivo desde la Dirección General de Tráfico (DGT) hay tolerancia cero al respecto y cuentan con un sistema de sanciones que combina la sanción económica con la pérdida de puntos e incluso responsabilidad penal con el fin de disuadir a los conductores de beber en exceso si van a coger el volante. Conocer cuál es la tasa máxima permitida, cuánto dinero puedes llegar a pagar y cuándo puedes perder el carnet es fundamental para evitar consecuencias muy serias. Aunque lo que debería prevalecer no es tanto el miedo al castigo como la responsabilidad al volante.
¿Cuál es la tasa máxima de alcoholemia?
En muchos países ya han impuesto la tasa de alcohol 0,0 para conducir, en España la tasa máxima e alcohol permitida sigue siendo algo más alta y depende del tipo de conductor:
Conductores en general:
0,5 gramos por litro (g/l) en sangre.
0,25 miligramos por litro (mg/l) en aire espirado.
Conductores noveles (menos de dos años de carnet) y profesionales:
0,3 g/l en sangre.
0,15 mg/l en aire espirado.
Si nuestra tasa está por encima de estas cantidades, ya estaremos cometiendo una infracción administrativa que conlleva una multa. Sin embargo, si nuestra tasa de alcohol alcanza niveles mucho más elevados estaríamos hablando de delito penal. Concretamente, se considera delito contra la seguridad vial cuando el conductor supera los 0,60 mg/l en aire espirado (o 1,2 g/l en sangre), independientemente de que haya o no accidente.
Tabla de multas y puntos por alcoholemia de la DGT
Las sanciones económicas y la pérdida de puntos dependen directamente de la tasa detectada. La estructura general es la siguiente:
Tasa superior a la permitida hasta 0,50 mg/l en aire (conductores generales): conlleva una multa de 500 euros y pérdida de 4 puntos. En este tramo se encuentran muchos conductores que, tras una comida o cena, piensan que están dentro del límite pero lo superan ligeramente.
Tasa entre 0,50 mg/l y 0,60 mg/l en aire: la sanción económica ascendería a los 1.000 euros y se perderían 6 puntos, la mitad del saldo inicial de un conductor novel.
Reincidencia en el plazo de un año: si el conductor ha sido sancionado por alcoholemia en el año anterior, la multa puede ascender también a 1.000 euros, aunque la tasa no sea especialmente elevada.
Tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado: en este caso ya estaríamos hablando de un delito contra la seguridad vial que podría implicar pena de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y retirada del carnet de 1 a 4 años. Además, se generan antecedentes penales.
Tasa de alcohol (aire espirado)
Tipo de infracción
Multa económica
Pérdida de puntos
Otras consecuencias
Superior a la permitida hasta 0,50 mg/l
Infracción administrativa
500 €
4 puntos
Sanción habitual cuando se supera ligeramente el límite
Entre 0,50 mg/l y 0,60 mg/l
Infracción administrativa grave
1.000 €
6 puntos
Supone una pérdida importante del saldo de puntos
Reincidencia en 1 año (aunque la tasa no sea muy alta)
Infracción agravada
1.000 €
Puede implicar pérdida de puntos según el caso
Se aplica cuando ya hubo sanción previa por alcoholemia
Superior a 0,60 mg/l
Delito contra la seguridad vial
Multa penal (6 a 12 meses)
Puede implicar retirada del carnet
Prisión de 3 a 6 meses o trabajos comunitarios (31-90 días) y retirada del carnet de 1 a 4 años
¿Cuándo te quitan el carnet por alcohol?
Superar la tasa de alcoholemia en exceso puede conllevar la retirada del carnet y esto puede producirse en dos escenarios: por vía administrativa o por vía judicial.
Vía administrativa
En este caso la pérdida del carnet de conducir llegaría por pérdida total de puntos. El permiso de conducir cuenta con 12 puntos y si se acumulan varias sanciones y se van perdiendo hasta quedarse a cero. Llega a este punto implicaría:
No poder conducir durante un periodo mínimo de 6 meses (3 meses para profesionales).
Tener que realizar un curso de sensibilización y reeducación vial.
Superar una prueba teórica para recuperar el carnet.
Vía judicial
Cuando la tasa supera los 0,60 mg/l en aire o existe negativa a someterse a la prueba, el juez puede imponer la retirada del permiso de conducir entre 1 y 4 años.
Qué pasa si te niegas a soplar
Como acabamos de señalar, el negarse a realizar la prueba de alcoholemia en un control se considera un delito independiente de nuestra tasa de alcohol en aire o sangre o de alguna otra infracción que hayamos podido cometer. El negarse puede tener como consecuencia:
Prisión de 6 meses a 1 año.
Retirada del carnet de 1 a 4 años.
Factores que influyen en la tasa de alcohol
Muchos conductores cogen el coche después de un par de cervezas considerando que están en perfecta condiciones y que la tasa de alcohol pasará el control. Sin embargo, hay muchos factores que pueden hacer que la tasa de alcohol sea elevado y distinta en dos personas que han ingerido la misma cantidad de alcohol. En la tasa influyen:
Peso corporal.
Sexo.
Velocidad de ingesta.
Si se ha comido previamente.
Tipo de bebida.
Metabolismo individual.
Si bebes, no conduzcas
Más allá de las sanciones económicas o pérdida de puntos debería prevalecer la responsabilidad individual de cada conductor. Conducir bajo los efectos del alcohol reduce los reflejos, aumenta el tiempo de reacción, dificulta la percepción de las distancias… en definitiva, multiplica el riesgo de accidente.
Por lo que, aunque legalmente hay una tasa máxima permitida, el único nivel completamente seguro es 0,0. Si bebes, no conduzcas. Por tu seguridad, la del resto y también por tu bolsillo.
21 marzo, 2026
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