No llevar la documentación adecuada en el coche nos puede meter en un lío. Es una responsabilidad legal que vayan siempre en nuestro vehículo una serie de documentos oficiales para que en caso de que las autoridades lo requieran las podamos presentar. Aunque durante años existió cierta confusión sobre qué papeles eran obligatorios y cuáles recomendables, la normativa actual ha simplificado bastante esta cuestión. Son pocos y muy concretos, pero aún hay muchos conductores que siguen llevando en su guantera documentación innecesaria y se pueden olvidar de los documentos realmente importantes. En este artículo te explicamos de forma clara que documentación es obligatoria y qué sanciones puede conllevar no llevarla en el coche, así como aquellos documentos que ya no son imprescindibles.
Documentación obligatoria en mi vehículo
La normativa exige que determinados documentos tanto del conductor como del vehículo estén disponibles si la autoridad pertinente los requiere. Sin embargo, en los últimos años gracias a la digitalización y al auge de la interconexión de bases de datos oficiales, el número de documentos que debemos llevar físicamente en el coche se han reducido. En concreto, hay tres documentos que debes llevar, y que deben estar en vigor, obligatoriamente cuando circulas con tu vehículo. Son los siguientes:
Permiso de circulación: este documento identifica nuestro vehículo y acredita que está autorizad para circular. En él se incluyen datos como la matrícula, número de bastidor y el titular del vehículo en cuestión.
Permiso de conducir del conductor: el permiso o carné de conducir es obligatorio para circular con nuestro coche. Debe estar en vigor y ser válido para el tipo de vehículo que se conduce.
Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) del Vehículo: la tarjeta de la ITV acredita que nuestro coche pasó la inspección técnica obligatoria. Debe estar en vigor y es independiente de llevar la pegatina en el ángulo superior derecho del parabrisas delantero, algo que también es obligatorio.
Es obligatorio llevar estos tres documentos, originales o compulsados, siempre que estés circulando. Da igual el trayecto que sea, el tipo de vehículo o si este es de alquiler, estos tres documentos son obligatorios ante un accidente o si un agente nos para. Son los papeles que puede solicitar y cuya ausencia en el vehículo puede conllevar una sanción.
¿Qué ya no es obligatorio llevar en el coche?
Con el paso de los años, algunos documentos han dejado de ser obligatorios. Esto solo quiere decir que no hay que llevarlos en el vehículo o que no hacerlo no conllevará sanción, pero sí es necesario que existan. Es decir, ya no es necesario llevar el recibo del seguro siempre en el coche, pero sí es obligatorio tener seguro en vigor. Estos son los documentos que ya no es obligatorio llevar siempre en el vehículo:
Recibo del seguro: como decíamos, es necesario que nuestro vehículo cuente con un seguro en vigor, pero ya no es necesario llevar el recibo de que está pagado en la guantera de nuestro coche. Los agentes ya lo pueden comprobar en la base de datos directamente.
Impuesto de circulación: lo mismo sucede con el impuesto de circulación. Es obligatorio abonarlo para que nuestro vehículo pueda circular, pero ya no es necesario llevarlo en el coche ya que se puede comprobar telemáticamente.
Parte amistoso en papel: en este caso es recomendable llevarlo en caso de accidente, pero no es obligatorio. Muchas aseguradoras permiten tramitarlo de forma digital.
La documentación obligatoria, ¿la puedo llevar en digital?
La respuesta a esta pregunta es un rotundo Sí. La aplicación miDGT permite portar el permiso de conducir, el de circulación y datos técnicos del vehículo. Estos documentos tienen la misma validez legal que los físicos dentro del territorio nacional. Sin embargo, si viajas al extranjero, es recomendable llevar la documentación en formato físico.
Más allá de la documentación: elementos de seguridad obligatorios
Si la documentación obligatoria es clave, también hay una serie de elementos de seguridad que son obligatorios y que podrían conllevar una sanción por parte de las autoridades. En los últimos meses en caso de accidente o avería ya no son los triángulos el elemento obligatorio para señalizar sino que ahora es obligatoria la baliza V-16. Además, es obligatorio llevar al menos un chaleco reflectante homologado y utilizarlo en caso de salir del vehículo en una vía interurbana.
Multas relacionadas con la documentación
Una vez tenemos claro que documentación es obligatorio que llevemos siempre en el vehículo, ya sea en formato papel o digital, no está de más un recordatorio de lo que nos puede suceder en caso de no portarla en el vehículo. Estas son las sanciones más habituales:
No llevar el permiso de conducir: 10 €
ITV caducada: 200 €
No identificar al conductor responsable de una infracción: hasta 1.500 €
Es importante recordar que estamos hablando de sanciones por no llevar documentación obligatoria en el vehículo. Las sanciones por no tener estos trámites realizados o no contar con seguro son mucho más cuantiosos y en caso de accidente podrían ser un problema grave.
15 febrero, 2026
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